abril 22, 2009

AVASALLAR LA CONSTITUCION

Para terminar con este tema, hay que concluir con la exposición de los argumentos que dejen claro el motivo por el cual se afirma que el plan de Kirchner es una locura anticonstitucional. Todo empezó a meditarse, las candidaturas testimoniales, hace unas cinco semanas. Pero Néstor Kirchner lo había pensado solo para usarlo en el interior, poner en las listas a intendentes prestigiosos que equilibraran la previsible caída del oficialismo ante los sectores rurales. Luego, como es habitual, sin consultarlo con nadie, extendió la idea a toda la provincia. Ante las primeras reacciones adversas de su propia tropa, el ex presidente mandó a la primera línea del Gobierno a anunciar que no habría presiones de ningún tipo para quienes no quisieran ser candidatos a cargos que no asumirían. Pero la obsesión de Kirchner es Buenos Aires, donde él encabezará la lista de diputados junto con el gobernador Daniel Scioli y acompañado de intendentes del PJ como postulantes a concejales. En muchas provincias el PJ gana con comodidad sin necesidad la estrategia de las candidaturas testimoniales, pero en otras, si el gobernador fuera candidato correría graves riesgos de perder y vería seriamente complicada su continuidad.

El jefe de Gabinete, Sergio Massa, fue otro de los que salio a aclarar que los gobernadores no serían forzados a competir. Pero al conocerse la intención de que los intendentes se postulen para concejales, varios de los hombres del PJ del conurbano anticiparon su disgusto, como Hugo Curto de Tres de Febrero, quien fue uno de los que desafió públicamente el plan de Kirchner. Hace un año atrás ningún intendente del PJ del conurbano se hubiera plantado ante el pedido de sumarse a una lista electoral encabezada por Kirchner. En el apogeo del kirchnerismo, esos dirigentes se peleaban por recibir una visita, o un llamado del dueño del poder. Entre aquellos tiempos y estos mediaron meses de complicaciones para el conurbano. La infraestructura está frenada; ya no llegan los adelantos para pagar los trabajos que estaban en marcha y muchos están hartos de entrar y salir de Olivos con las mismas carpetitas ajadas de obras que nunca se empezaran. Hoy están ante la antítesis de aquel líder generoso, que como el capitán que, en vez de salvar a la tripulación y hundirse el con el barco, los obliga a subir a bordo a los que huían del naufragio. Y sin más, esto es lo que sucede hoy en el oficialismo.

Bien, pero donde esta lo anticonstitucional, en peleas internas de un partido? Sucede que el artículo 73 de la Constitución Nacional esta para resguardar lo que nos queda del debilitado federalismo, evitando la superposición de funciones en los dos niveles de gobierno, el nacional y el provincial. ¿Y qué dice el artículo 73 de la reforma de 1994, al establecer las inhabilitaciones a los cargos legislativos? Dice solo así: Los eclesiásticos regulares no pueden ser miembros del Congreso, ni los gobernadores de provincia por la de su mando. No se me ocurre siquiera pensar que ni el más imaginativo de los Constituyentes de, 1853 haya intuido que 155 años después, en una Argentina que presume de federal, alguien iba a intentar avasallar esta norma, que seguramente la incluyeron en la Carta Magna para relleno nomás. Lo real es que el gobierno ha hecho todo lo posible para, desnaturalizar el sistema republicano. Esa impunidad institucional, hizo que olvidaran leer el artículo 73 cuando pensaron en el proyecto de los "candidatos testimoniales", que en forma terminante prohíbe que los gobernadores de provincia sean miembros del Congreso "por la de su mando".

Allí mismo, al conocer a tiempo dicho artículo, se habrían dado cuenta de que la engañosa propuesta electoral era absoluta y terminantemente inviable, porque no pueden inscribir como candidato a diputado nacional por la provincia de Buenos Aires a su actual gobernador, con mandato hasta 2011. Nadie puede ser oficializado como candidato a un cargo para el que, por disposición constitucional, está inhabilitado a desempeñar. Ignorar la vigencia y el efecto inhabilitante del artículo 73 es un acto constitucionalmente inválido y una muestra de irresponsabilidad del gobierno nacional para con los ciudadanos. Al decir por ejemplo "no importa ciudadanos, voten para diputado a Scioli, que total es de mentirita porque él seguirá como gobernador". Señores miembros de la justicia electoral nacional y demás magistrados y funcionarios judiciales eventualmente responsables de los comicios, por favor, cuando deban oficializar las listas de candidatos a diputado nacional lean el artículo 73 de la Constitución Nacional y obren en consecuencia. Menos que esto, no se les puede pedir.

2 comentarios:

Mariel dijo...

Parece muy infantil: "total es de mentirita"...
Es que en la Argentina, en escasas oportunidades se ha respetado la Constitución...todo gobernante de turno, en busca de su "propio bien" y no del bienestar general como reza el preámbulo, modifica, avasalla, falta el respeto...
Y ello es posible porque no hay división de poderes, como debería haberlo (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) sino que todo se concentra en la mente de un sólo ejemplar, que hace y deshace a su antojo y aquel que no esté de acuerdo, debe retirarse.
VIVA LA DEMOCRACIA!

UN BESO.

BE&P Consulting dijo...

VIVE LA LIBERTE, decían los Franceces un 14 de julio cuando con la toma de la Bastilla declaraban su independencia. Palabra esta última que vos Mariel mencionas al comentar sobre la división o independencia de poderes que no existe en nuestro país. Cortes adictas al ejecutivo mayorías parlamentarias obedientes, y la lista se hace interminable.
Veamos que pasa cuando la justicia electoral tenga que aprobar las listas. Recurriran a la constitucion?
Saludos