julio 05, 2013

“LA DEMOCRATIZACION DE LA JUSTICIA”

La famosa reforma judicial que impulsaba la presidenta Cristina Kirchner en el marco de lo que se dio en  llamar “la democratización de la justicia”, recibió uno de los más esperados y duros golpes de la década ganada. Aun más que lo que le significo la pelea contra el campo por las retenciones móviles a las exportaciones agropecuarias en 2008. El revés que le propinó al Gobierno la Corte Suprema declarando anticonstitucional la reforma fue un golpe monumental, que generó todo tipo de reacciones inclusive la persecución a los magistrados de la corte por parte de la administración federal de ingresos públicos. Este hecho generó por otra parte una denuncia penal contra titular de ese organismo por difundir información respecto del patrimonio de uno de los funcionarios del más alto tribunal. El fallo fue unánime con sólo un voto en contra, “cantado” el de Eugenio Zaffaroni, el juez más cercano al oficialismo, que fue el único que votó en disidencia. El fallo desarticulo la nueva ley del Consejo y estableció que sigue vigente la ley aprobada en 2006, también deja sin efecto la convocatoria a las próximas elecciones generales para cubrir cargos de consejeros de la Magistratura, sin alterar el resto de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). 

Se declararon inválidas las disposiciones que elevaron la integración del cuerpo de 13 a 19 miembros, y las que cambiaron el número necesario para que la designación y la destitución de los jueces se puedan hacer por simple mayoría y no por dos tercios. La durísima sentencia les recordó a la Presidenta y al Congreso que ejercen un "poder que es limitado", luego de afirmar que el fallo apunta a defender "la independencia de la Justicia". Desde todo punto de vista resulta anticonstitucional obligar a la justicia a constituirse como un poder político y partidario. Con un claro mensaje político, los ministros del máximo tribunal afirmaron que la Constitución busca equilibrar el poder para limitarlo" y que no es posible que se invoque la defensa de la voluntad popular, para desconocer el orden jurídico. La elección popular directa fue explícitamente reservada por el constituyente a las autoridades nacionales de índole política, dijeron los ministros, y agregaron que si se debe hacer campaña se desconocerían "las garantías que aseguran la independencia del Poder Judicial frente a los intereses del Poder Ejecutivo, del Congreso o de otros factores de poder". La jueza federal María Servini de Cubría había dictado la inconstitucionalidad de cuatro artículos de esa norma y el Gobierno recurrió al per saltum a la Corte. Así en un fallo, de 67 páginas, se estableció que las personas que integran el Consejo lo hacen "en nombre y por mandato" de cada uno de los estamentos (abogados, jueces y académicos), lo que supone su elección por los integrantes de esos sectores.

El Gobierno había buscado asegurarse la preponderancia dentro del organismo, y fue advertido por la Corte que la Constitución exige que el Consejo mantenga "un equilibrio", lo que significa "contrapeso" entre sus integrantes y ese equilibrio implica que un sector "no tenga hegemonía" sobre los demás. De hecho la reforma de 1994 de la Constitución tuvo la finalidad de despolitizar la elección de jueces y abandonar un sistema de selección político partidario. El fallo dice también que si los jueces participan en elecciones, terminan dependiendo de los partidos, lo que les quita independencia, entonces, la ley 26.855 es considerada "inválida", porque “rompe el equilibrio al disponer que la totalidad de los consejeros resulte directa o indirectamente emergente de un sistema partidario; “viola el principio de representación de los estamentos técnicos, al establecer que jueces, académicos y abogados se sometan al voto popular; “compromete la independencia judicial, al obligar a los jueces a intervenir en la lucha partidaria, y “vulnera el ejercicio de los derechos de los ciudadanos al distorsionar el proceso electoral". No se puede invocar la soberanía de la voluntad como intento el Gobierno para violar el ordenamiento jurídico y para desconocer la supremacía de la Constitución nacional.  

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