agosto 31, 2009

EL CONGRESO DE LA NACION

La primera década del siglo XXI en la Argentina quedará marcada por un proceso de desconocimiento sistemático del orden constitucional, en particular en lo que concierne a la división de poderes en la democracia republicana hecha ley en 1853/60. Nunca en la década transcurrida, como en las elecciones del 28 de junio último, hubo un pronunciamiento popular más rotundo de oposición a este estado de cosas. Los diputados y senadores de la Nación mal podrían desconocer los nuevos vientos que soplan en la República. Pero hoy el Ejecutivo ha asumido un rol tan hegemónico que ha concentrado en sus manos un número importantísimo de facultades en materia económica, en detrimento tanto del Legislativo como de la competencia de las provincias y en clara oposición a la forma representativa, republicana y federal adoptada por la ley fundamental de la Nación. La cuestión de las retenciones podría servir, pues, por la inmensa repercusión con la cual aún se prolonga en la sociedad, como el caso testigo de un comportamiento político que no podría haber conducido, como lo ha hecho, a peores destinos. El Senado de la Nación ha considerado prorrogar por un año más las facultades legislativas delegadas por el Congreso en el Poder Ejecutivo, entre las cuales figura la de fijar las retenciones a las exportaciones. Una de las cláusulas transitorias de la reforma constitucional de 1994 previó que la legislación ordinaria preexistente, que no contuviera un plazo para su ejercicio, regiría por sólo cinco años más, salvo cuando fuera ratificada expresamente por una nueva ley.

Hubo desde entonces varias prórrogas en bloque; la última se produjo en 2006. Si el Congreso de la Nación hubiera decidido que pierdan vigencia las casi 2000 normas abarcadas por la resignación de facultades legislativas a favor del Poder Ejecutivo a lo largo de 140 años, seguramente se hubiera producido un caos jurídico de difícil resolución. Nada impedía, sin embargo, aprovechar una circunstancia tan especial para poner de relieve la deuda que el Congreso de la Nación mantiene con la República. Su subordinación al presidente de la Nación de turno y una serie de lamentables situaciones aún no esclarecidas por la Justicia, como las recordadas coimas en el Senado, denunciadas nueve años atrás. No son pocos los legisladores que otra vez se han asomado al precipicio del artículo 29 de la Constitución, colocándose ante el riesgo de que alguna vez deban rendir cuentas. Ese artículo impone la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria a quienes hayan otorgado al Ejecutivo nacional la suma del poder público o supremacías inadmisibles. Cabe destacar que nuestro sistema constitucional establece como principio general la prohibición de toda delegación y sólo la admite excepcionalmente, por un plazo determinado, dentro de las bases de la delegación y en materias determinadas de administración o de emergencia pública. En realidad, la mayoría de los representantes provinciales han claudicado ante los avances del Ejecutivo nacional y renunciado al pleno ejercicio de las atribuciones que el artículo 75, inciso 2, de la Constitución le confiere al Congreso. Los constituyentes establecieron, entre las atribuciones de éste, imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias. También lo autorizaron a imponer gravámenes directos por tiempo determinado y, en ambos casos, con carácter coparticipable.

Por el mismo artículo e inciso se estipuló que una ley convenio, acordada entre la Nación y las provincias, regularía el régimen de coparticipación y garantizaría la automaticidad en la remisión de los fondos recaudados por aquellas vías. Tampoco nada de esto se ha cumplido. Han pasado trece años sin que el Congreso de la Nación se haya dignado a aplicar la cláusula constitucional transitoria de dictar antes de fines de 1996 la ley que regulara aquel régimen de coparticipación. Por el contrario, la nota dominante de estos años ha sido la del manejo discrecional de fondos públicos por parte del jefe de Gabinete de Ministros. Esa manipulación de recursos se ha hecho con amplios márgenes de arbitrariedad para el Ejecutivo nacional. Además, un sistema de premios y castigos se ha aplicado sobre las provincias según el grado de docilidad que hayan demostrado con la Casa Rosada. Desde luego que uno de los cargos más graves ha recaído sobre los senadores, porque corresponde a la naturaleza de su responsabilidad la defensa de los intereses de sus respectivas provincias. Si no ejercen esa función, ¿a título de qué están aferrados a las bancas? ¿Cuál creen los senadores que ha de ser el papel que les reserve la historia por su desempeño en estos años? Todo se ha hecho con olvido de que el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional prohíbe al Ejecutivo dictar disposiciones de carácter legislativo y, cuando lo admite por razones excepcionales, advierte que nunca podrá ser en materia penal, tributaria, electoral o de régimen de partidos políticos. Por su parte, el artículo 76 prohíbe al Congreso delegar facultades propias en el Ejecutivo, salvo en determinados asuntos administrativos o de emergencia pública. La Constitución no deja espacio para la ambigüedad. Pero la han violentado sistemáticamente. Deben leer la Constitución y en primer termino, desactivar aquellos medios que han conducido a esta excesiva concentración de poder. El Congreso de la Nación debe recuperar, entre tantos otros ejemplos posibles, la facultad de establecer plazos para la ratificación de los DNU. La prolongación del estado de emergencia económica debe cesar inmediatamente; tampoco puede prolongarse por más tiempo la atribución asumida por el jefe de Gabinete de modificar por su sola voluntad y firma lo que el Congreso de la Nación haya resuelto en materia de recursos extraídos de los contribuyentes.

El 28 de junio pasado la gran mayoría de los argentinos ha puesto de manifiesto en las urnas la voluntad de que el país se encarrile dentro de los cánones que distinguen a un Estado de Derecho y la necesidad de avanzar hacia una calidad institucional que vaya más allá de meros discursos de campaña. Después de tanto tiempo de manejos arbitrarios, debemos aspirar a construir una democracia caracterizada por la plena vigencia de los derechos fundamentales y por un gobierno integrado por tres poderes independientes. Es preciso que, de una vez por todas, entendamos que si no nos ajustamos al gobierno de la ley, será imposible que podamos superar nuestra creciente decadencia. Como se ve, es mucho y de notable significación institucional el trabajo que el Congreso de la Nación tiene por delante. Convendrá al interés general de los argentinos que lo encare ya mismo con decisión. Hace poco mas de un año alguien con convicción y una tremenda carga institucional dijo, “Que la historia me juzgue, pido perdón si me equivoco, mi voto no es positivo”. Y hoy la historia lo esta juzgando cada vez mejor, ¿se darán cuenta los senadores de la Nación que pronto la historia los juzgara? Y la mayoría no correrá con la misma suerte que vicepresidente Julio Cesar Cleto Cobos.

2 comentarios:

Mariel dijo...

Y Ud. cómo cree que la historia juzgará a los Senadores??
Yo muchas esperanzas no tengo...
Quizás los termine premiando, como al canillita Ulloa, que hoy es dueño de un multimedios...o como a varios más...
Yo me inclino más por esa idea...y por tener varios senadores a la vuelta que ya han sido juzgados, premiándolos con miles de hectáreas de campo...

Nos los representantes, del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente...por voluntad y elección...esas son las palabras que no entienden, están para hacer la voluntad del pueblo por medio de la elección que el mismo hace

Saludos

BE&P Consulting dijo...

SEGURAMENTE SERA COMO AL CANILLITA, Y COMO A LOS SENADORES QUE TENES LLENOS DE ORO Y HECTAREAS DE CAMPO.
A MENOS QUE DE UNA VEZ SE NOS DE EL MILAGRO DE PODER CONOCER UNA ARGENTINA DEMOCRATICA CON TODO LO QUE LA PALABRA CONLLEVA.

SALUDOS