junio 30, 2010

La farsa de la justicia Argentina

Mucho antes de que comenzara la lucha por el uso de las reservas del banco central entre Martín Redrado y el matrimonio presidencial, que concluyo con la destitución del por entonces Presidente del banco ya se habían dado situaciones similares las cuales habían sido desestimadas. Claro, Martín Redrado todavía no era enemigo del matrimonio. Muchos amigos del poder habían realizado compras de moneda extranjera, por haber obtenido información privilegiada respecto de las variaciones en el tipo de cambio futuro. Entonces cuando el escándalo terminó el juez Norberto Oyarbide envió una causa judicial en la que se lo acusaba a Martín Redrado ya que había sido denunciado por el Gobierno de encubrimiento, luego de que Redrado dijera que tenía las listas de los amigos del poder que en su momento compraron dólares al igual que el matrimonio presidencial. En ese expediente el fiscal Patricio Evers desestimó la denuncia y dedujo equivocadamente que Redrado no encubrió porque esas compras están permitidas. Y por qué digo equivocadamente, porque como primera medida ese tipo de operaciones de ninguna manera pueden ser autorizadas por el Presidente de la entidad monetaria. Martín Redrado como funcionario público tenía muy claro y debería haber advertido a los amigos del poder político que el alcance de su poder no avalaba dichas compras, es decir, delito existió de eso no queda ninguna duda. El artículo 268 (1) del Código Penal que reprime al funcionario público que con fines de lucro utilizare para sí o para un tercero informaciones o datos de carácter reservado de los que haya tomado conocimiento en razón de su cargo.

Luego un tiempo más tarde la presentación efectuada por los diputados de la CC Juan Carlos Morán, Elsa Quiroz y Patricia Bullrich, entre otros, en febrero pasado, quienes en los últimos días habrían hecho una ampliación para evitar el archivo de las actuaciones. En la denuncia, los diputados habían señalado que los Kirchner debían ser investigados por el mismo artículo 268 (1) del Código Penal. Según los diputados, los Kirchner se enriquecieron al haber comprado los dólares "a sabiendas de que era el momento oportuno para hacerlo, ya que con posterioridad la divisa aumentaría su cotización. Entonces en una resolución de 16 carillas, el juez rechazó la denuncia presentada por diputados de la Coalición Cívica, quienes habían denunciado a la jefa del Estado y al ex presidente por presunto enriquecimiento ilícito por "aprovechamiento de información privilegiada". El juez federal Claudio Bonadío desestimó la denuncia contra la presidenta Cristina Kirchner y su marido, el ex presidente Néstor Kirchner, por la compra, en octubre de 2008, de dos millones de dólares. El magistrado concluyó que los hechos denunciados no constituían delito, al recibir favorablemente un dictamen del fiscal Gerardo Di Massi, que había pedido la desestimación de la denuncia. Dijo que tras el dictamen del fiscal, la jurisprudencia y la doctrina le impiden hacer otra cosa. Está claro que el fiscal Di Massi pide el cierre de la causa basándose en la desestimación planteada por Patricio Evers en la causa que enfrentaba Martín Redrado. Frente a un pedido del fiscal de archivo por inexistencia de delito, el juez se encuentra impedido, no sólo de instruir al fiscal a requerir la instrucción, sino de conocer y decidir el asunto.

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