mayo 24, 2012

Nuevas reglas de juego

La decisión de Economía refleja, sin duda el apuro por conseguir el mayor ingreso de divisas posible en el tiempo más corto. Si bien el Central venia comprando muchos dólares, en las últimas semanas hubo mayor presión cambiaria por lo que la entidad que preside Mercedes Marcó del Pont dejó de comprar grandes cantidades diarias. La medida busca que los montos de liquidación de dólares crezca sustancialmente, lo que ayudará al BCRA a recuperar reservas más rápido. La norma 142/12 difundida por el Palacio de Hacienda modificó los tiempos para la liquidación de exportaciones, de seis plazos se pasó a un régimen más simplificado de tres. Hasta ahora, según la posición arancelaria, podían liquidarse las divisas en 15, 30, 60, 90, 120 y 180 días corridos. Ahora, sólo se mantuvieron los plazos de 15, 90 y se agregó el nuevo plazo de 360 días para posiciones arancelarias que antes no existían, como maquinaria agrícola lo que favorecería a la empresa que venderá las supuestas cosechadoras a Angola con créditos de la provincia de Entre Ríos.                             

Esta disposición fue a su vez complementada por la Comunicación A 5.300 del BCRA, que fijó un plazo de 15 días hábiles como máximo para entrar los dólares por el mercado de cambios. Y en los casos de los que venden a más plazo, por ejemplo 90 días, queda vigente este período de 15 días para entrar las divisas. Los nuevos plazos entonces para liquidar divisas en el país dispuestos por el Ministerio de Economía y el BCRA encendieron alarma entre los exportadores. El tema no afecta a las cerealeras, pero sí a la mayoría de las industrias, que ahora temen quedarse sin financiación para vender al exterior. Sucede que la nueva normativa acortó drásticamente los plazos para liquidar las divisas, cuando en la mayor parte de las operaciones el plazo de cobro es mucho más extenso que el definido por el Gobierno. Este descalce de plazos entre el cobro efectivo de una venta y la liquidación de los dólares por el mercado oficial de cambios dejaría a muchas empresas directamente fuera de competencia. Los teléfonos de los ejecutivos de empresas exportadoras no pararon de sonar, rápidamente los empresarios cayeron en la cuenta de que para seguir exportando tendrán ellos que adelantar los dólares e ingresarlos en el mercado local, ya que en la mayoría de los casos los importadores en cada país están lejos de pagarle a 15 días.

Aunque el Gobierno quiera, las reglas y los plazos para el comercio exterior no se pueden fijar a gusto y conveniencia, sino que depende de las modalidades que se dan en cada sector. Como no hubo consulta alguna para establecer este nuevo régimen, se termina afectando a una enorme cantidad de compañías exportadores de bienes. Un caso claro es la reducción de 15 días para la liquidación cuando se le vende a una compañía vinculada. Esto se da, por ejemplo, en el caso de empresas que abren una representación en otro país para discutir mejor con los compradores locales, por ejemplo, supermercados. Sucede que en general las negociaciones para vender en ese mercado externo incluyen plazos mucho más largos de pago, que usualmente pueden superar los 180 días. Sin embargo, la norma establece que en el caso de que la empresa posea una representación en el exterior la liquidación debe efectuarse obligatoriamente a los 15 días de realizada la exportación.

En este caso no se tiene en cuenta de qué mercadería se trata. Se trata, en definitiva, de una nueva traba para el sector exportador que ya está atravesando un momento complicado. El atraso cambiario le pega a los exportadores industriales, ya que son cada vez menos competitivos. La disminución de la actividad económica en Brasil impactó directamente sobre uno de los sectores más dinámicos en lo que a sector externo se refiere, como el automotor. Y ahora se agrega la devaluación del real, que llegó al 11% desde los niveles que había alcanzado a mediados de febrero el dólar finalizó el mes pasado a 1,907. Ahora se le estaría quitando a los exportadores una herramienta fundamental de negociación con sus proveedores del exterior. A una compañía que compra productos argentinos no le pueden exigir que pague a los 15 días, porque se da vuelta y le compra a una china que le puede dar seis meses o más, es ridículo.

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