enero 02, 2013

DE 2012 PARTE II

El per saltum había sido solicitado por los abogados del Jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina. Tanto este funcionario como la presidenta Cristina Kirchner evitaron hablar de la decisión de la Corte en un acto realizado en el Museo del Bicentenario, en la Rosada.   La presidenta había hablado el por cadena nacional de fierros mediáticos y fierros judiciales. Alguien anda diciendo que con cuatro fallos se cae el Gobierno, había dicho.    La abreviación de los plazos procesales implica que se contabilizarán como días hábiles los días de fin de semana y las horas fuera del horario de atención al público en los tribunales. El camino que llevaría a cabo el Gobierno era ir a la Cámara que le falló en contra y presentar un recurso extraordinario para que se le permita discutir la decisión que objeta, la ampliación de la cautelar en la Corte. La Cámara podía aceptar o rechazar la concesión del recurso extraordinario y lo rechazo. Ese trámite lleva normalmente 2 meses. Con la abreviación de plazos, hoy estos trámites, pueden achicarse a un mes.      En tal caso, el Ejecutivo debía pedir la habilitación de la feria judicial de verano, que comienza el 1 de enero y efectivamente ese fue el planteo a la corte.

En su desesperado pelea por callar voces independientes del gobierno nacional no cesa en su intento de pasar por encima de quien sea. Con dos fórmulas distintas, los siete jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación coincidieron en rechazar la aplicación del per saltum pedida por el Poder Ejecutivo para que el máximo tribunal revoque la ampliación de la medida cautelar otorgada a favor del Grupo Clarín en la causa por la ley de medios. Cuatro de los magistrados Ricardo Lorenzetti, Raúl Zaffaroni, Elena Highton y Juan Carlos Maqueda recordaron que la vía prevista por el Código de Procedimiento para estas situaciones es la presentación de un recurso extraordinario para ir a la Corte ante el mismo tribunal que dictó el fallo cuestionado. Es decir, el tema volverá a llegar a la Corte si es que el Ejecutivo plantea el recurso extraordinario y éste es otorgado. Los otros tres jueces del tribunal Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Carmen Argibay directamente rechazaron “in limine” el planteo del Gobierno, al que calificaron de “contradictorio”. Es que la ley de “per saltum” aprobada en el mes  de noviembre por el kirchnerismo en el Congreso está prevista para sentencias de primera instancia y no para un fallo de Cámara, como ocurrió en este caso. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial federal amplió la medida cautelar solicitada por el Grupo Clarín mientras se discute la constitucionalidad de dos artículos de la ley de medios que la empresa objeta. La decisión de fondo sobre este asunto está en manos del juez Horacio Alfonso.
 
Luego de citar textual la ley aprobada recientemente por el kirchnerismo, Lorenzetti, Maqueda, Highton y Zaffaroni destacaron que el recurso de per saltum pedido por el Gobierno no había sido interpuesto contra una decisión dictada por un juez de primera instancia. Este es uno de los requisitos que marca la ley 26.790. Los jueces recordaron también que uno de los autores del proyecto de esa ley es el senador Marcelo Fuentes, el mismo que planteó la posibilidad de llevar a jury a los camaristas que ampliaron la cautelar. Renglón seguido le recordaron a los abogados del Ejecutivo que el remedio eficaz para su planteo fue establecido por el Congreso en el año 1863 y es el recurso extraordinario, que también presento el Gobierno. Los mismos jueces dispusieron para este caso la habilitación de días y horas” con el fin de “abreviar los plazos procesales”, tal como hicieron el 27 de noviembre. El gobierno desespera por lograr una medida que le permita implementar su modelo único. Pero la medida debe darse rápido y ni bien comience el nuevo año considerando este 2013, siendo un año electoral como un punto de partida para una nueva reelección de la reina Cristina.

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