junio 21, 2013

DECRETOS FUNCIONALES

Esto podría parecer una broma grande como una casa, pero no lo es ya que ahora y por decreto, será la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la responsable de definir qué países son cooperadores a los fines de brindar transparencia fiscal y cuáles no. El cambio le da a la AFIP rienda suelta para penalizar fiscalmente a aquellas personas físicas o empresas que operen con países que ahora no sean considerados por el organismo cooperadores, y al mismo tiempo en plena vigencia del blanqueo de capitales, habilitarla para hacer la vista gorda en casos en los que se opere con jurisdicciones que hasta ahora eran calificadas de "paraísos fiscal", como Bahamas o Panamá. Para esto, el Gobierno eliminó el listado que contenía los países considerados paraísos fiscales mediante el decreto. Pueden decidirse muchas cosas, pero lo cierto es que el decreto viene a contramano de todo aquello que venía haciendo la Argentina bajo este mismo gobierno para cumplir con el GAFI, (Grupo de Acción Financiera Internacional) en materia de lavado de dinero. Esto comúnmente se llama patear el tablero, la norma le da mayor poder a la AFIP y es lo suficientemente vaga en su terminología como para dar lugar a “distintas interpretaciones" para no llamarlo de otra manera.

En rigor de verdad, la Argentina incluyó hace algunos años una serie de paraísos fiscales o países de baja o nula tributación en un listado, en línea con los criterios utilizados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Así, por caso, los contribuyentes argentinos que fueran accionistas u operaran con alguna sociedad radicada en un paraíso fiscal de la lista serian penalizados fiscalmente, “en teoría”. Si hacían alguna operación financiera, ésta era más propensa a ser reportada como sospechosa por un banco. Se tenían que tomar recaudos adicionales y reforzar la prueba porque la operación podía ser impugnada, sin embargo, ahora, con el decreto 589/2013 publicado en el Boletín Oficial, el listado que en su momento fuera establecido por otro decreto fue dado de baja y se fijó que la AFIP deberá definir cuáles son los países cooperadores en materia de intercambio de información fiscal y cuáles no. Según reza el texto la AFIP incluiría a aquellos que suscribieron acuerdos de intercambio de información fiscal con la Argentina y que adhirieron a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la OCDE (como Estados Unidos o Francia, entre otros). También aclara el decreto, que el organismo podrá eliminar de la lista a aquellos con los que considere que no hay un intercambio "efectivo" de información. Así, lo que era un concepto objetivo que se regía en función de si se trataba de países de baja o nula tributación se transforma en uno subjetivo en el que queda bajo el juicio de Ricardo Echegaray quien está dentro de la ley y quien no. A partir del decreto, jurisdicciones que no son de baja tributación y hasta ahora no eran consideradas paraísos fiscales podrán según convenga ser catalogadas como "no cooperadores" mientras que aquellos que sí lo eran pueden pasar a ser catalogados como "cooperadores".

Sorpresivamente entonces, dentro de ese listado nos podemos encontrar con nuevas jurisdicciones que no son consideradas paraísos fiscales para ningún país del mundo. Si se da esta situación, el intercambio comercial o financiero con esas jurisdicciones va a ser más gravoso para las empresas argentinas que tengan relación con empresas radicadas allí. Por caso, la recategorización de un país tendrá impacto en el impuesto a las ganancias. Mientras que los contribuyentes locales pagan Ganancias en función de las utilidades que son distribuidas, los accionistas de una sociedad radicada en un paraíso fiscal (ahora, un país no cooperador) deben hacerlo en función de sus ingresos devengados aun cuando las utilidades no fueron distribuidas. Es muy probable que la norma tenga una lectura coyuntural, en el marco de la ley de blanqueo, ya que ahora quienes blanqueen dinero transfiriendo sus dólares desde paraísos fiscales pero recategorizados como "cooperadores" podrían evitar que esas operaciones sean reportadas como "sospechosas" por los bancos. El decreto sin duda tendrá un impacto tributario, pero en un momento en que el tema del lavado está en agenda, lo que busca también es disimulando lo mejor que se pueda.

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